Dejaste de cotizar, tómalo con calma.
Enseguida te explico cuánto tiempo estará vigente tu derecho a solicitar una pensión y los pasos para conservarlo o recuperarlo. Anticípate y evita sorpresas en tu retiro.
Para empezar, vale la pena recordar que es la conservación de derechos.
Cuando dejas de cotizar en el seguro social, existe un periodo a partir de la fecha de baja durante el cual tendrás derecho a recibir algunas de las prestaciones contempladas en los cinco seguros del Régimen Obligatorio del IMSS. A dicho periodo se le denomina Periodo de Conservación de Derechos.
Ahora sí, revisemos los detalles…
Seguro de Invalidez y vida.
Tu y tus familiares directos conservarán el derecho a recibir una pensión por invalidez, viudez, orfandad o ascendientes; durante un período igual a la cuarta parte de la cantidad total de semanas que tengas reconocidas al momento de la baja.
El periodo de conservación de derechos no podrá ser menor a 12 meses (1 año).
¿Suena complicado? Te dejo un par de ejemplos.
José tiene 55 años y 962 semanas cotizadas.
Conservación de Derechos = 962 / 4 = 240.5 semanas.
Conservación de Derechos = 240.5 / 52 = 4.6 años.
José podrá solicitar una pensión por invalidez hasta 4 años y 7 meses después de la baja.
Julieta tiene 30 años y 156 semanas cotizadas.
Conservación de Derechos = 156 / 4 = 39 semanas.
Conservación de Derechos = 39 / 52 = 0.75 años.
Julieta podrá solicitar una pensión por invalidez hasta 1 año después de la baja.
Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
El periodo de conservación del derecho a recibir una pensión por cesantía o vejez dependerá de la fecha en la que cotizaste por vez primera en el IMSS.
- Régimen de la Ley 73: Si cotizaste antes del primero de junio de 1997, conservarás el derecho a recibir una pensión por un período igual a la cuarta parte de la cantidad total de semanas cotizadas que tengas al momento de la baja.
- Régimen de la Ley 97: Si cotizaste después del 1° de junio de 1997, adquieres el derecho a recibir una pensión, al momento de cumplir la edad y la cantidad de semanas de cotización requeridas en la Ley del Seguro Social. Una vez adquirido, este derecho no se pierde y podrás ejercerlo en el momento que tu decidas.
Los ejemplos presentados para el seguro de invalidez y vida nos servirán para entender cómo se determina el periodo de conservación en cada régimen.
José acaba de cumplir 55 años y cotizó por primera vez en el IMSS antes del primero de julio de 1997. Conservará su derecho a recibir una pensión por cesantía ó vejez durante 4 años y 7 meses hasta la edad de 59 años con 7 meses.
Julieta tiene 30 años y cotizó por primera vez en el año 2020. Requiere 1,000 semanas para recibir una pensión por cesantía. Si Julieta cotiza sin interrupciones hasta los 46 años podría dejar de cotizar y solicitar la pensión a los 60 años.
Ahora que ya sabes durante cuánto tiempo podrás solicitar una pensión, cuando te dan de baja; veamos lo que debes hacer para mantener vigente tus derechos y recuperarlos, en caso de que los hayas perdido.
I.- Si deseas mantener vigente tu derecho a recibir una pensión, debes seguir cotizando, para ello dispones de dos alternativas:
- Afiliarte de manera voluntaria en la Modalidad 10 del IMSS, lo que te permitirá disfrutar de todas las prestaciones del régimen obligatorio incluido el servicio médico.
- Afiliarte en la Modalidad 40 del IMSS, en este caso solo realizarás aportaciones a los seguros de invalidez y vida y retiro, cesantía y vejez. ¡Recuerda! La modalidad no incluye servicio médico.
II.- Si perdiste el derecho a recibir una pensión, debes cotizar nuevamente en el régimen obligatorio del IMSS. Para cotizar, puedes afiliarte de manera voluntaria en la Modalidad 10. El tiempo que debes cotizar para recuperar tu derecho a recibir una pensión, dependerá del momento en el que decidas reactivarte:
- Si te reactivas antes de cumplir 3 años desde tu baja, recuperas tu derecho de inmediato.
- Si vuelves a cotizar entre 3 y 6 años después de tu baja, debes permanecer afiliado 6 meses.
- Si pasan más de 6 años desde tu baja, tendrás que cotizar 12 meses sin interrupciones.
Agradecemos tu interés y tu tiempo. Si necesitas orientación personalizada, contáctanos y con gusto te ayudamos o déjanos un comentario para seguir creando contenido útil para tu retiro.